Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Ejemplos art. 140. Concepto de oro de inversión.

EJEMPLO I.

Un empresario italiano compra oro de 999 milésimas en lingotes por 100.000 euros a un empresario español cuya actividad es la producción de oro de inversión (porque es de más de 900 milésimas).
Si el empresario español renuncia a la exención, se aplicará la exención de las entregas intracomunitarias.
La renuncia a la exención es posible porque el empresario español se dedica a la producción de oro de inversión y el adquirente es un empresario o profesional que actúa en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales. El empresario español deberá comunicar la renuncia por escrito al adquirente antes o en el mismo momento de la entrega.
En Italia la adquisición intracomunitaria está sujeta y no exenta, por lo que el empresario italiano deberá autorrepercutirse el IVA.

El empresario italiano contabilizará la adquisición (al tipo de gravamen vigente en Italia) de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

100.000

Compras

 

 

 

   X.000

Hacienda Pública IVA soportado

a

Tesorería

100.000

 

 

a

Hacienda Pública IVA repercutido

X.000

 

___________________________

 

______________________________

 

El empresario español contabilizará la entrega de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

100.000

Tesorería

a

Ventas

100.000

 

___________________________

 

______________________________

 


Si el empresario español no renuncia a la exención, la entrega de los lingotes no estará gravada por el impuesto.

El empresario italiano contabilizará la adquisición de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

100.000

Compras

a

Tesorería

100.000

 

___________________________

 

______________________________

 

El empresario español contabilizará la entrega de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

100.000

Tesorería

a

Ventas

100.000

 

___________________________

 

______________________________

 

 

 


EJEMPLO II

Un empresario, que adquiere oro que no es de inversión para transformarlo en oro de inversión, compra oro por valor de 200.000 euros para someterlo a un proceso de transformación resultando oro de inversión. Lo transmite posteriormente por 325.000 euros a otro empresario. El adquirente del oro de inversión lo vende posteriormente entre particulares por 375.000 euros, siendo el coste de transporte por su cuenta, ascendiendo el total a 1.000 euros.


Entrega de oro de inversión del primer empresario al segundo empresario:

Si el empresario que transforma el oro de inversión renuncia a la exención:

La renuncia a la exención es posible porque el transmitente se dedica a la producción de oro de inversión y el adquirente es un empresario o profesional que actúa en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales, el transmitente deberá comunicar la renuncia por escrito al adquirente antes o en el mismo momento de la entrega.

El sujeto pasivo de la primera entrega de oro de inversión es el adquirente por inversión del sujeto pasivo que se autorrepercutirá el impuesto, el ingreso y la deducción del impuesto son el mismo momento.

El transmitente contabilizará la compra de oro que no es de inversión y la entrega del oro de inversión producido de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

200.000

Compras

 

 

 

  36.000

Hacienda Pública IVA soportado

a

Tesorería

236.000

 

___________________________

 

______________________________

 


El transmitente cuando adquirió el oro que no era de inversión soportó 32.000 euros en concepto de IVA, impuesto que es deducible.

En el momento de la venta:

 

___________________________

 

______________________________

 

325.000

Tesorería

a

Ventas

325.000

 

___________________________

 

______________________________

 

El adquirente del oro de inversión contabilizará la adquisición autorrepercutiéndose el impuesto:

 

___________________________

 

______________________________

 

325.000

Compras

 

 

 

  54.000

Hacienda Pública IVA soportado

a

Hacienda Pública IVA repercutido

54.000

 

 

a

Tesorería

325.000

 

___________________________

 

______________________________

 


El sujeto pasivo de la entrega del oro de inversión es el adquirente por inversión del sujeto pasivo. Se autorrepercutirá el impuesto, y podrá deducir el impuesto soportado en la adquisición del oro de inversión por 54.000 euros (300.000 x 0,18), como consecuencia de que el oro de inversión por el que se soportó este impuesto fue objeto de una entrega en la que el transmitente renunció a la exención.

Si el empresario que transforma el oro de inversión no renuncia a la exención:

El transmitente contabilizará la compra de oro que no es de inversión y la entrega del oro de inversión producido de la siguiente manera:

 

___________________________

 

______________________________

 

200.000

Compras

 

 

 

  36.000

Hacienda Pública IVA soportado

a

Tesorería

236.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Las cuotas del impuesto soportado en la adquisición del oro que no es de inversión son deducibles porque en el momento en que se adquirió no reunía los requisitos para considerarse como de inversión, y una vez transformado en oro de inversión es objeto de una entrega exenta.

 

___________________________

 

______________________________

 

325.000

Tesorería

a

Ventas

325.000

 

___________________________

 

______________________________

 

El adquirente del oro de inversión contabilizará la adquisición :

 

___________________________

 

______________________________

 

325.000

Compras

a

Tesorería

325.000

 

___________________________

 

______________________________

 

2) Entrega de oro de inversión del segundo empresario a los particulares:

La renuncia a la exención no es posible porque los adquirentes no son empresarios o profesionales, sino particulares.

No podrá deducir el impuesto soportado por el transporte del oro de inversión.

Así el segundo transmitente realizará los siguientes asientos contables:

 

___________________________

 

______________________________

 

375.000

Tesorería

a

Ventas

375.000

 

___________________________

 

______________________________

 

No podrá deducir el impuesto soportado por el transporte del oro de inversión, por lo que supone un mayor gasto:

 

___________________________

 

______________________________

 

1.180

Transportes

a

Tesorería

1.180

 

___________________________

 

______________________________

 

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