Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Ejemplos art. 20.1.24.




EJEMPLO I.

El dentista Sr. López vende parte de sus instalaciones médicas a la sociedad DENTIPLUS S.L por 100.000 €. Las instalaciones fueron adquiridas hace 4 años.
También vende otras instalaciones médicas al dentista Sr. Buil, pero en este caso fueron adquiridas hace seis años.

1-. Transmisión del Sr. López. Es una entrega sujeta y no exenta porque si bien las instalaciones fueron utilizadas para la realización de operaciones exentas conforme lo establecido en el artículo 20. Uno.5º, se trata de bienes de inversión durante el periodo de regularización (5 años). El sujeto pasivo es el dentista.
2-. Transmisión del Sr. Buil. A diferencia del caso anterior, las instalaciones del Dr. Buil se adquirieron hace seis años, por lo que ya ha finalizado el periodo de regularización. Por tanto, esta transmisión sí está exenta.




EJEMPLO II

La autoescuela CAR S.A. dispone de una flota de vehículos utilizados para la enseñanza de los permisos de conducción A, B y C, la sociedad el 31/10/2003 vende por 3.000€ un vehículo automóvil que había adquirido hace 6 años, y dedicado exclusivamente a la obtención del permiso de conducción letra C.

Es una entrega sujeta y exenta porque el vehículo ha sido utilizado exclusivamente para la realización de operaciones exentas, cuando se adquirió se dedujo la autoescuela parcialmente el impuesto soportado porque estaba sujeto a prorrata y han pasado más de 5 años (periodo de regularización) desde que se adquirió.

Volver



© GÁBILOS SOFTWARE, S.L. - Tel. 902 303 103 - comercial@gabilos.com           Página de inicio