R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Los Sujetos Pasivos deben presentar las declaraciones en los 25 días posteriores
a los 6 meses que siguen a la finalización del periodo impositivo.
Normalmente las empresas cerrarán su ejercicio el 31 de diciembre. Esto
significa que tendrán de plazo para presentar la declaración hasta
los 25 días posteriores a los 6 meses siguientes. 25 días posteriores
al 30 de junio, o lo que es lo mismo, la declaración debe presentarse antes
del 25 de julio.
En caso de que cerrase el ejercicio el 30 de septiembre, tendría 6 meses
(31 de marzo), y 25 días. Esto es, hasta el 25 de abril.