R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre
Sociedades.
Comentario art. 28. Tipo de gravamen.
Aunque de la redacción de este artículo parece que no hay cambios, la disposición
adicional 8ª establece una reducción de tipos de gravamen.
Con
carácter general:
32,5 por
ciento, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007.
30 por
ciento, para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008.
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