R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre
Sociedades.
Comentario art. 38.4.
NAVEGACIÓN Y LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS VÍA SATÉLITE.
La Ley establece una deducción del 10% de la inversión para quienes realicen inversiones en sistemas de navegación y localización de vehículos vía satélite, con las siguientes condiciones:
· deben ser vehículos de transporte por carretera.
· pueden ser de transporte de personas o mercancías.
· pueden ser nuevos o no.
· la parte financiada con subvenciones, en ningún caso dará lugar a deducciones.
Los porcentajes han sido reducidos por la Disposición Adicional 10 de la Ley del Impuesto de Sociedades.
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Tipo de inversión
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2008 |
2009 |
2010 |
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Sector Transporte |
6% |
4% |
2% |
La deducción queda derogada con efectos 01/01/2011 €, pero las deducciones generadas en ejercicios anteriores que no se hubiesen podido practicar a 31/12/2010 por falta de cuota podrán aplicarse en los términos del artículo 44.
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