R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Comentario art. 38.4.


NAVEGACIÓN Y LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS VÍA SATÉLITE.

La Ley establece una deducción del 10% de la inversión para quienes realicen inversiones en sistemas de navegación y localización de vehículos vía satélite, con las siguientes condiciones:
· deben ser vehículos de transporte por carretera.
· pueden ser de transporte de personas o mercancías.
· pueden ser nuevos o no.
· la parte financiada con subvenciones, en ningún caso dará lugar a deducciones.

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