R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Sociedad X adquiere una maquinaria por 01/06 /2001 por 2000 euros, en las tablas de amortización oficialmente aprobadas se establece un coeficiente máximo del 20% anual y un período máximo de 15 años. Período elegido: 5 años.
Nº dígitos crecientes:
1º año: 2000 x (0' 5/5+4+3+2+1)=66' 66 €
2º año. 2000 x (1' 5/5+4+3+2+1)=200 €
3º año: 2000 x ( 2' 5/5+4+3+2+1)=333' 33 €
4º año: 2000 x (3' 5/15)=466' 66 €
5º año: 2000 x (4' 5/15)=600 €
6º año: 2000 x (2' 5/15)=333' 33 €
Nº dígitos decrecientes:
1º año: 2000 x (2' 5/15)=333' 33 €
2º año: 2000 x (4' 5/15)=600€
3º año: 2000 x ( 3' 5/15)=466' 66 €
4º año: 2000 x (2' 5/5+4+3+2+1)=333' 33 €
5º año: 2000 x (1' 5/5+4+3+2+1)=200 €
6º año: 2000 x (0' 5/5+4+3+2+1)=66' 66
A la Sociedad le interesa el método de los números dígitos decrecientes porque así el gasto por amortización es mayor al inicio de la vida útil del bien que al final.
La vida útil de la maquinaria es de 5 años.
La amortización contable se encuentra dentro de los límites máximos
y mínimos establecidos en la normativa fiscal, así que en este
caso la amortización contable coincide con el gasto fiscal.
La amortización contable
debe hacerse en función de la vida útil del bien:
| _____________________ | ______________________________ |
|
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| 333' 33 | Amortización Inmovilizado |
|
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| Material |
a
|
Amortización acumulada |
|
|
| de Inmovilizado Material |
333' 33
|
|||
| _____________________ | ______________________________ |
|
Normativa contable: Norma
de valoración número 2 del P.G.C.