R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Ejemplos art. 11.2.



EJEMPLO I. AMORTIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN.

La empresa LORASA realiza un proyecto de investigación en tres años. Para ello incurre en los siguientes gastos:

Año 2008 2009 2010
Personal
1.000
1.200
1.500
Compras
300
600
800

Además ha adquirido un edificio por 10.000 € (el suelo no tiene valor) que se amortiza en 50 años, y maquinaria por 5.000 € que se amortiza en 10 años. Ambos se afectan a la actividad de investigación.

La amortización contable de estos elementos será como sigue:

Año 2008 2009 2010 2011 ...
Edificio
200
200
200
200
200
Máquina
500
500
500
500
500

Suponiendo que el proyecto cumple las condiciones establecidas por la normativa contable, la empresa podrá activar cada año los gastos en los que haya incurrido en el proyecto para amortizarlos posteriormente.
Podrá activar los gastos de personal y los de compras, además de las amortizaciones correspondientes al ejercicio.
· Año 2008: 1.000+300+200+500= 2.000.
· Año 2009: 1.200+600+200+500= 2.500.
· Año 2010: 1.500+800+200+500= 3.000.
Vemos que el gasto contable correspondiente a la amortización queda incluido dentro de los Gastos de investigación activados. Al activar los gastos de Investigación con una cuenta de ingresos "Trabajos realizados para el inmovilizado intangible", se compensan los gastos con un ingreso que los elimina.

La empresa debe amortizar estos gastos en el plazo de 5 años desde su activación:
· Año 2009: 2.000/5= 400 €.
· Año 2010: 2.000/5 + 2.500/5= 900 €.
· Año 2011: 2.000/5 +2.500/5 +3.000/5 = 1.500 €. Así sucesivamente.
La tabla de amortización de los gastos será la siguiente:

Año 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Amortiz.
400
900
1.500
1.500
1.500
1.100
600
0

Veamos ahora qué gastos puede deducir fiscalmente:
1-. El edificio lo puede deducir por partes iguales en diez años: 10.000/10= 1.000 €.
2-. La maquinaria la puede deducir íntegramente en el año de adquisición.
3-. Los gastos de investigación, los podemos amortizar íntegramente excepto en la parte que corresponde amortizaciones de elementos afectos a la actividad de investigación.

Año 2008 2009 2010 2011 2012
Gasto contable
0
400
900
2.200(1)
2.200(1)

Gasto fiscal
Edificio
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
Máquina
5.000
0
0
0
0
Gastos I+D
1.300
1.800
2.300
0
0

Ajuste
-7.300
-2.400
-2.400
+1.200
+1.200

(1) Corresponde a 1.500 de amortización de los gastos de desarrollo, y 700 de la amortización de los inmovilizados afectos, que en este año no se han incorporado a gastos de investigación, ya que al haber terminado el proyecto de investigación y desarrollo, la dotación al amortización del edificio y de la maquinaria no se activará constituyendo un gasto para la empresa.


Vemos que activando los gastos de investigación, el gasto deducible para la empresa del primer año es de 7.300 € (1.000+5.000+1.300).
Supongamos que no hubiera activado los gastos. En ese caso, hubiera podido deducir los gastos de personal y compras (1.300) y la amortización libre del edificio y la maquinaria (6.000). En total 7.300€. El sistema de libre amortización de los gastos de investigación permite que la decisión de activar o no los gastos no afecte al importe deducible en el impuesto de sociedades.

Supongamos que el proyecto de investigación cumple los requisitos previstos en el art. 35.1 para acogerse a la deducción por actividades de investigación y desarrollo, en este caso la Sociedad tendrá derecho a las siguientes deducciones en la cuota:

1-. Deducción del 25% de los gastos efectuados en el período impositivo por este concepto. No obstante, al exceso de los gastos sobre la media de los dos años anteriores, se le aplica un 42%:
Deducción del 2008: 42% x 2.000= 840€, el porcentaje de deducción es de un 42% debido a que la media de los gastos en investigación de los dos años anteriores es "0".
Deducción del 2009: 25% x 1.000 + 42% x 1.500 = 880€, la media de los gastos de los dos últimos años es de ( 2.000+0)/2= 1.000€.
Deducción del 2010: 25% x 2.250 + 42% x 750 = 877,50€, la media de los gastos de los dos últimos años es de ( 2.000+2.500)/2=2.250€.

2-. Deducción del 8% de las inversiones en inmovilizado material o inmaterial, excluidos los inmuebles o terrenos afectos exclusivamente a actividades de investigación y desarrollo, será el 8% del coste de adquisición de la máquina:
Deducción del 2008 = 8% x 5.000 = 400€.
El primer ejercicio, la empresa contabiliza la adquisición de la maquinaria y el edificio.

_____________________
________________________  
10.000 Construcciones
   
  5.000 Maquinaria
a
Tesorería
15.000
  _____________________   ________________________  

Contabiliza los gastos.

_____________________
________________________  
1.000 Gastos de personal
   
   300 Compras
a
Tesorería
1.300
  _____________________   ________________________  

Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  

Activa los gastos de investigación.

_____________________
______________________________  
2.000 Investigación
a
Trabajos realizados para  
   
el inmovilizado intangible
2.000
  _____________________   ______________________________  

Por último, hemos visto que en este ejercicio se han generado diferencias temporarias imponibles entre el resultado contable y la base imponible del impuesto. La empresa debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública por 7.300 x 30%= 2.190€.

___________________________
______________________________  
2.190 6301. Impuesto diferido
a
479. Pasivos por diferencias  
      temporarias imponibles
2.190
  ___________________________   ______________________________  

En el segundo ejercicio, la empresa contabiliza la amortización del inmovilizado material, los gastos de personal y las compras, activa los gastos, y comienza a amortizar los gastos de investigación.

_____________________
________________________  
1.200 Gastos de personal
   
   600 Compras
a
Tesorería
1.800
  _____________________   ________________________  

Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  


Activa los gastos de investigación.

_____________________
______________________________  
2.500 Investigación
a
Trabajos realizados para  
   
el inmovilizado intangible
2.500
  _____________________   ______________________________  

Amortiza los gastos de investigación.

_____________________
______________________________  
400 Amortización Inmovilizado
   
  Intangible
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Intangible
400
  _____________________   ______________________________  


En este ejercicio, la empresa tiene una diferencia temporaria imponible de 2.400 €, por lo que debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública de 2.400 x 0' 30= 720 €.

___________________________
______________________________  
720 6301. Impuesto diferido
a
479. Pasivos por diferencias  
      temporarias imponibles
720
  ___________________________   ______________________________  


Respecto a las deducciones, suponen un ajuste permanente negativo del resultado contable al registrar el gasto por el impuesto.


Normativa contable: Norma de registro y valoración número 6.a del P.G.C.






EJEMPLO II. AMORTIZACIÓN DE UN PROYECTO DE DESARROLLO.

La empresa LORASA realiza un proyecto de desarrollo en tres años. Para ello incurre en los siguientes gastos:

Año 2008 2009 2010
Personal
1.000
1.200
1.500
Compras
300
600
800

Además ha adquirido un edificio por 10.000€ (el suelo no tiene valor) que se amortiza en 50 años, y maquinaria por 5.000€ que se amortiza en 10 años. Ambos se afectan a la actividad de desarrollo.

La amortización contable de estos elementos será como sigue:

Año 2008 2009 2010 ...
Edificio
200
200
200
200
200
Máquina
500
500
500
500
500


Suponiendo que el proyecto cumple las condiciones establecidas por la normativa contable, la empresa podrá activar cada año los gastos en los que haya incurrido en el proyecto para amortizarlos posteriormente.
Podrá activar los gastos de personal y los de compras, además de las amortizaciones correspondientes al ejercicio.
· Año 2008: 1.000+300+200+500= 2.000.
· Año 2009: 1.200+600+200+500= 2.500.
· Año 2010: 1.500+800+200+500= 3.000.
Vemos que el gasto contable correspondiente a la amortización queda incluido dentro de los Gastos de desarrollo activados. Al activar los gastos de investigación con una cuenta de ingresos, "Trabajos realizados para el inmovilizado inmaterial ", se compensan los gastos con un ingreso que los elimina.

La empresa debe amortizar estos gastos en el plazo de 5 años desde el final del proyecto de desarrollo:
Año 2011: 7.500/5= 1.500€.


La tabla de amortización de los gastos será la siguiente:

Año 2011 2012 2013 2014 2015
Amortiz.
1.500
1.500
1.500
1.500
1.500


Veamos ahora qué gastos puede deducir fiscalmente:
1-. El edificio lo puede deducir por partes iguales en diez años: 10.000/10= 1.000€.
2-. La maquinaria la puede deducir íntegramente en el año de adquisición.
3-. Los gastos de investigación, los podemos amortizar íntegramente excepto en la parte que corresponde amortizaciones de elementos afectos a la actividad de investigación.

Año 2008 2009 2010 2011 2012
Gasto contable
0
0
0
2.200(1)
2.200(1)

Gasto fiscal
Edificio
1.000
1.000
1.000
1.000
1.000
Máquina
5.000
0
0
0
0
Gastos I+D
1.300
1.800
2.300
0
0

Ajuste
-7.300
-2.800
-3.300
+1.200
+1.200


(1) Corresponde a 1.500 de amortización de los gastos de desarrollo, y 700 de la amortización de los inmovilizados afectos, que en este año no se han incorporado a gastos de desarrollo, ya que al haber terminado el proyecto de investigación y desarrollo, la dotación al amortización del edificio y de la maquinaria no se activarán constituyendo un gasto para la empresa.

Vemos que activando los gastos de desarrollo, el gasto deducible para la empresa del primer año es de 7.300 € (1.000+5.000+1.300).
Supongamos que no hubiera activado los gastos. En ese caso, hubiera podido deducir los gastos de personal y compras (1.300) y la amortización libre del edificio y la maquinaria (6.000). En total 7.300€. El sistema de libre amortización de los gastos de desarrollo permite a la empresa, que la decisión de activar o no los gastos, no afecte al importe deducible en el impuesto de sociedades.

Supongamos que el proyecto de desarrollo cumple los requisitos previstos en el art. 35.1 para acogerse a la deducción por actividades de investigación y desarrollo, en este caso la Sociedad tendrá derecho a las siguientes deducciones en la cuota:

1-. Deducción del 25% de los gastos efectuados en el período impositivo por este concepto. No obstante, al exceso de los gastos sobre la media de los dos años anteriores, se le aplica un 42%:
Deducción del 2008: 42% x 2.000= 840€, el porcentaje de deducción es de un 42% debido a que la media de los gastos en investigación de los dos años anteriores es "0".
Deducción del 2009: 25% x 1.000 + 42% x 1.500 = 880€, la media de los gastos de los dos últimos años es de (2.000+0)/2= 1.000€.
Deducción del 2010: 25% x 2.250 + 42% x 750 = 877,50€, la media de los gastos de los dos últimos años es de (2.000+2.500)/2=2.250€.

2-. Deducción del 8% de las inversiones en inmovilizado material o inmaterial, excluidos los inmuebles o terrenos afectos exclusivamente a actividades de investigación y desarrollo, será el 8% del coste de adquisición de la máquina:
Deducción del 2008 = 8% x 5.000 = 400€.


El primer ejercicio, la empresa contabiliza la adquisición de la maquinaria y el edificio.

_____________________
________________________  
10.000 Construcciones
   
  5.000 Maquinaria
a
Tesorería
15.000
  _____________________   ________________________  

Contabiliza los gastos.

_____________________
________________________  
1.000 Gastos de personal
   
   300 Compras
a
Tesorería
1.300
  _____________________   ________________________  

Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  


Activa los gastos de investigación.

_____________________
______________________________  
2.000 Investigación
a
Trabajos realizados para  
   
el inmovilizado inmaterial
2.000
  _____________________   ______________________________  


Por último, hemos visto que en este ejercicio se han generado diferencias temporarias imponibles entre el resultado contable y la base imponible del impuesto. La empresa debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública por 7.300 x 30%= 2.190€.

 

___________________________

 

______________________________

 

2.190

6301. Impuesto diferido

a

479. Pasivos por diferencias

 

 

 

 

temporarias imponibles

2.190

 

___________________________

 

______________________________

 


En el segundo ejercicio, la empresa contabiliza la amortización del inmovilizado material, los gastos de personal y las compras y activa los gastos.

_____________________
________________________  
1.200 Gastos de personal
   
   600 Compras
a
Tesorería
1.800
  _____________________   ________________________  


Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  

Activa los gastos de investigación.

_____________________
______________________________  
2.500 Investigación
a
Trabajos realizados para  
   
el inmovilizado inmaterial
2.500
  _____________________   ______________________________  


En este ejercicio, la empresa tiene una diferencia temporal negativa de 2.800€, por lo que debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública de 2.800 x 0' 30=840€.

 

___________________________

 

______________________________

 

840

6301. Impuesto diferido

a

479. Pasivos por diferencias

 

 

 

 

temporarias imponibles

840

 

___________________________

 

______________________________

 


Respecto a las deducciones, suponen un ajuste permanente negativo del resultado contable al registrar el gasto por el impuesto.

Normativa contable: Norma de registro y valoración número 6.a del P.G.C.






EJEMPLO III. BIENES AFECTOS A ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO.

La empresa LORASA realiza un proyecto de desarrollo en tres años. Para ello incurre en los siguientes gastos:

Año 2008 2009 2010
Personal
1.000
1.200
1.500
Compras
300
600
800

Además ha adquirido un edificio por 10.000€ (el suelo no tiene valor) que se amortiza en 50 años, y maquinaria por 5.000 € que se amortiza en 10 años. Ambos se afectan a la actividad de desarrollo.

La amortización contable de estos elementos será como sigue:

Año 2008 2009 2010 2011 ...
Edificio
200
200
200
200
200
Máquina
500
500
500
500
500

El 31 de diciembre de cada año, la empresa ha comprobado que no puede activar los gastos de desarrollo porque la viabilidad económica del proyecto no está asegurada.
Sin embargo, la maquinaria y el edificio están afectos a un proyecto de desarrollo, por lo que la empresa puede amortizarlos de acuerdo a las ventajas establecidas en el Texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades.
1-. El edificio lo puede deducir por partes iguales en diez años: 10.000/10= 1.000€.
2-. La maquinaria la puede deducir íntegramente en el año de adquisición.
importe deducible en el impuesto de sociedades.

Año 2008 2009 2010 a 2017 2018
Amort. Contable
700(1)
700
700
200(3)
Gasto fiscal
6.000(2)
1.000
1.000
0(4)
Diferencia
-5.300
-300
-300
+200

(1) Corresponden 200 al edificio y 500 a la maquinaria.
(2) Corresponden 1.000 al edificio y 5.000 a la maquinaria.
(3) Corresponden al edificio, porque la maquinaria está totalmente amortizada.
(4) No se amortiza nada porque ya han finalizado los diez años de imputación del edificio.


En 2019 la empresa vende el edificio por 12.000 €. En ese momento la empresa ya ha llevado a gasto deducible los 10.000 € del valor de adquisición. Sin embargo sólo ha imputado en la cuenta de pérdidas y ganancias la amortización contable de 11 años (200x11= 2.200).
La normativa fiscal le obliga a incluir en la base imponible la parte de valor del bien que ha disfrutado de libre amortización y no ha sido imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias. 10.000-2.200= 7.800 €.

Supongamos que el proyecto de investigación y desarrollo cumple los requisitos previstos en el art. 35.1 para acogerse a la deducción por actividades de investigación y desarrollo, en este caso la Sociedad tendrá derecho a las siguientes deducciones en la cuota:

1-. Deducción del 25% de los gastos efectuados en el período impositivo por este concepto. No obstante, al exceso de los gastos sobre la media de los dos años anteriores, se le aplica un 42%:
Deducción del 2008: 42% x 2.000= 840€, el porcentaje de deducción es de un 42% debido a que la media de los gastos en investigación de los dos años anteriores es "0".
Deducción del 2009: 25% x 1.000 + 42% x 1.500 = 880€, la media de los gastos de los dos últimos años es de (2.000+0)/2= 1.000€.
Deducción del 2010: 25% x 2.250 + 42% x 750 = 877,50€, la media de los gastos de los dos últimos años es de (2.000+2.500)/2=2.250€.

2-. Deducción del 8% de las inversiones en inmovilizado material o inmaterial, excluidos los inmuebles o terrenos afectos exclusivamente a actividades de investigación y desarrollo, será el 8% del coste de adquisición de la máquina:
Deducción del 2008 = 8% x 5.000 = 400€.

El primer ejercicio, la empresa contabiliza la adquisición de la maquinaria y el edificio.

_____________________
________________________  
10.000 Construcciones
   
  5.000 Maquinaria
a
Tesorería
15.000
  _____________________   ________________________  

Contabiliza los gastos.

_____________________
________________________  
1.000 Gastos de personal
   
   300 Compras
a
Tesorería
1.300
  _____________________   ________________________  


Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  


No activa los gastos de investigación porque no cumple los requisitos establecidos en la normativa contable.


Por último, hemos visto que en este ejercicio se han generado diferencias temporales negativas entre el resultado contable y la base imponible del impuesto. La empresa debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública por 5.300 x 30%= 1.590 €.

 

___________________________

 

______________________________

 

1.590

6301. Impuesto diferido

a

479. Pasivos por diferencias

 

 

 

 

temporarias imponibles

1.590

 

___________________________

 

______________________________

 

En el segundo ejercicio, la empresa contabiliza la amortización del inmovilizado material y los gastos de personal y las compras.

_____________________
________________________  
1.200 Gastos de personal
   
   600 Compras
a
Tesorería
1.800
  _____________________   ________________________  

Amortiza la construcción y la maquinaria.

_____________________
______________________________  
700 Amortización Inmovilizado
   
  Material
a
Amortización acumulada  
   
de Inmovilizado Material
700
  _____________________   ______________________________  


En este ejercicio, la empresa tiene una diferencia temporal negativa de 2.800 €, por lo que debe registrar una deuda frente a la Hacienda Pública de 300 x 0' 30= 90 €.

 

___________________________

 

______________________________

 

90

6301. Impuesto diferido

a

479. Pasivos por diferencias

 

 

 

 

temporarias imponibles

90

 

___________________________

 

______________________________

 


En 2019 vende el edificio por 12.000€.

_____________________
______________________________
12.000 Bancos
 
  2.200 Amortización acumulada
 
de Inmovilizado Material
a
Construcciones
10.000
a
Beneficio en la enajenación
de inmovilizado material
4.200
  _____________________   ______________________________


Existe una diferencia temporal positiva correspondiente a los 7.800 € que se han incluido en la base imponible correspondientes a la parte de valor del edificio que disfrutó de libre amortización y no se imputó en la cuenta de pérdidas y ganancias. Por ello revierten las deudas frente a la Hacienda Pública. 7.800 x 0' 3= 2.340.

 

___________________________

 

______________________________

 

2.340

479. Pasivos por diferencias

 

 

 

 

temporarias imponibles

6301. Impuesto diferido

2.340

 

___________________________

 

______________________________

 

Respecto a las deducciones, suponen un ajuste permanente negativo del resultado contable al registrar el gasto por el impuesto.

Normativa contable: Norma de registro y valoración número 6.a del P.G.C.


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