R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Una editorial tiene entre
sus productos de venta unos libros de informática. La tirada fue de 50.000
libros, con un coste de 15€ cada uno.
Estos libros quedan rápidamente desfasados, por lo que se prevé
que un 10% de los libros que no se han podido vender, tendrán que ser
rebajados a 10€ para poder venderse.
La dotación a la pérdida por deterioro contable a dotar será de 10% x 50.000 x (15-10)= 25.000€.
La posibilidad de deducir
de esta pérdida por deterioro dependerá del periodo transcurrido desde la
producción:
· Si han transcurrido ya dos años, la pérdida por deterioro será
deducible.
· Si todavía no han transcurrido los dos años, será
deducible, pero sólo si la empresa justifica el importe de la pérdida por deterioro.
Contablemente, la empresa
debe dotar la provisión por los 25.000€.
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| 25.000 | 693. Pérdidas por |
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| deterioro de existencias |
a
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395. Deterioro de valor de |
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| los productos terminados |
25.000
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En caso de que la provisión
fuese deducible, la empresa no realizaría más anotaciones contables,
porque el gasto contable coincidiría con el fiscal.
En caso de que no lo fuera, se originaría una diferencia temporaria deducible,
que se recuperará al cumplirse los requisitos para que el gasto sea deducible,
o al aplicarse la pérdida por deterioro.
25.000 x 0' 3 = 7.500€.
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7.500 |
4740. Activos por diferencias |
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temporarias deducibles |
a |
6301. Impuesto diferido |
7.500 |
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Normativa: Norma
de registro y valoración número 10 del P.G.C.
EJEMPLO II. DOTACIÓN PROVISIÓN INMOVILIZADO.
Una empresa adquirió
por 100.000€ un terreno hace dos años.
Debido a circunstancias extraordinarias y temporales del mercado inmobiliario,
el terreno tiene en estos momentos un valor de mercado de 75.000€.
La empresa debe dotar una provisión por el importe de la pérdida
potencial. 100.000- 75.000= 25.000€.
Puesto que ninguna norma fiscal se opone a la normativa contable, el gasto contable
que se haya registrado será fiscalmente deducible.
Contablemente, la empresa
debe registrar la provisión por los 25.000€.
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| 25.000 | Dotación provisión |
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| inmovilizado material |
a
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Provisión depreciación |
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| inmovilizado material |
25.000
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Normativa: Normas
de valoración números 2.5 y 4 del P.G.C.