R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Ejemplos art. 15.2.e.

EJEMPLO I. EJEMPLO DE PERMUTA NO COMERCIAL.

La Sociedad X acuerda con la Sociedad Y permutar un solar por otro, el precio de adquisición del solar de X fue de 100.000 euros y el de Y de 12.000 euros. La permuta se realiza el 01/07, siendo en esa fecha el valor de mercado del solar de X 150.000€ y del de Y de 140.000€.

Si se esperan unos flujos de efectivo similares de ambos solares podemos entender que estamos ante una permuta no comercial, eso quiere decir que el bien recibido se valora en contabilidad por el mismo valor que tuviese el entregado con el límite del valor razonable del recibido. Es decir, se puede registrar una pérdida, pero no un beneficio.

Sin embargo la ley del impuesto de sociedades sí nos obliga a integrar en la base imponible la diferencia entre el valor de mercado del bien recibido y el contable del entregado.

 

Valor de mercado del bien recibido

Valor neto contable del bien entregado

Ajuste

Sociedad X

140.000

100.000

+40.000(1)

Sociedad Y

150.000

120.000

+30.000(2)

(1) Ajuste positivo en la Base Imponible, que revertirá en períodos posteriores cuando se transmita el solar.
(2) Ajuste positivo en la Base Imponible.

Si la Sociedad no tiene perspectivas de vender el solar en un plazo corto de tiempo será una diferencia permanente y cuando se transmita se hará otro ajuste que también será una diferencia permanente con signo negativo por la diferencia entre la renta fiscal y la renta contable.


Sociedad X
Entrega del terreno:

 

___________________________

 

______________________________

 

100.000

Terrenos y bienes naturales

a

Terrenos y bienes naturales

100.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Se produce una diferencia temporal positiva que se recuperará cuando el terreno se amortice, transmita, o dé de baja.
40.000 x 30%= 12.000€.

 

___________________________

 

______________________________

 

12.000

4740. Activos por diferencias

 

 

 

 

temporarias deducibles

a

6301. Impuesto diferido

12.000

 

___________________________

 

______________________________

 

 

Sociedad Y
Entrega del terreno:

 

___________________________

 

______________________________

 

120.000

Terrenos y bienes naturales

a

Terrenos y bienes naturales

120.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Se produce una diferencia temporal positiva que se recuperará cuando el terreno se transmita, o dé de baja.
30.000 x 30%= 9.000€.

 

___________________________

 

______________________________

 

9.000

4740. Activos por diferencias

 

 

 

 

temporarias deducibles

a

6301. Impuesto diferido

9.000

 

___________________________

 

______________________________

 

 


Normativa contable: Norma de registro y valoración 2.1.3 del PGC.




EJEMPLO II. EJEMPLO DE PERMUTA COMERCIAL.

La Sociedad X acuerda con la Sociedad Y permutar un solar por un Local, el precio de adquisición del solar fue de 120.000 euros y el del local de 150.000 euros (el valor del suelo es del 10%) con una amortización acumulada de 30.000€. La permuta se realiza el 01/07, siendo en esa fecha el valor de mercado del solar de 150.000€ y del local de 140.000€.
El año anterior ante la pérdida de valor de la zona en que se encuentra ubicado el solar, la sociedad X dotó una provisión por depreciación del valor de 5.000€.

En este caso parece razonable asumir que los flujos de efectivo esperados del terreno y el del local difieran, por lo que la permuta se considerará comercial, es decir, el bien adquirido se registrará por su valor razonable y si éste es mayor que el valor contable del bien entregado se registrará un beneficio en la contabilidad.

Sociedad X
Entrega del terreno:

 

___________________________

 

______________________________

 

  14.000

Terrenos y bienes naturales

 

 

 

126.000

Construcciones

a

Terrenos y bienes naturales

120.000

 

 

a

 771. Beneficios procedentes

 

 

 

 

 del inmovilizado material

20.000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

___________________________

 

______________________________

 


No se produce diferencia temporal alguna, puesto que el valor contable coincide con el fiscal.

Sociedad Y
Entrega del local:

 

___________________________

 

______________________________

 

150.000

Terrenos y bienes naturales

 

 

 

  30.000

Amortización acumulada de

 

 

 

 

inmovilizado material

a

Construcciones

135.000

 

 

a

Terrenos y bienes naturales

15.000

 

 

a

 771. Beneficios procedentes

 

 

 

 

 del inmovilizado material

30.000

 

___________________________

 

______________________________

 


En este caso no hay que realizar ningún ajuste a la base imponible porque los bienes adquiridos ya están registrados en contabilidad por su valor de mercado.


Normativa contable: Norma de registro y valoración 2.1.3 del PGC.

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