R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.


Ejemplos art. 19.10.

EJEMPLO I. SEGUROS UNIT LINKED.

Una empresa ha contratado tres seguros "unit-linked" que producen al final del ejercicio 2008 los siguientes resultados:

1-. Al primero de ellos le aportó 10.000€, y su valor de reembolso al final del ejercicio es de 9.000€.
2-. Al segundo aportó 15.000€, y al final del ejercicio tiene un valor de reembolso de 18.000€.
3-. Al tercero se aportó 20.000€, y al final del ejercicio tiene un valor de reembolso de 22.000€. Se sabe también que este seguro se destina a un plan de pensiones para sus trabajadores.

1-. Al final del ejercicio la empresa debe valorar el seguro por su valor de reembolso, esto es 9.000. Se produce una pérdida de 1.000€, que si está contabilizada, no da lugar a ajuste en la base imponible.
2-. En ese caso, al valorar por el valor de reembolso se obtiene un beneficio de 3.000€.
Si suponemos que el seguro se ha considerado contablemente como un activo financiero adquirido para negociar (ya que podemos suponer que un activo de estas características se poseerá fundamentalmente para rentabilizar excesos de tesorería) el beneficio fiscal coincidirá con el contable y no habrá ajuste alguno a la base imponible.
3-. En este caso podemos suponer que se trata de una inversión a más largo plazo y que se habrá integrado entre los activos disponibles para la venta, por lo que las revalorizaciones se imputarán al patrimonio neto y tampoco habrá ajuste a la base imponible.


En la contabilidad deben realizarse las siguientes anotaciones:

En el año 2008 se contratan los tres seguros.

 

___________________________

 

______________________________

 

10.000

Inversiones financieras (1)

a

Tesorería

10.000

 

___________________________

 

______________________________

 

15.000

Inversiones financieras (2)

a

Tesorería

15.000

20.000

Inversiones financieras (3)

a

Tesorería

20.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Debe registrarse la pérdida sufrida por el primer seguro.

 

___________________________

 

______________________________

 

1.000

Pérdidas valoración instrumentos

 

 

 

 

financieros por su valor razonable

a

Inversiones financieras (1)

1.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Se refleja el beneficio en el segundo seguro

 

___________________________

 

______________________________

 

3.000

Inversiones financieras (2)

 

Beneficios valoración instrumentos

 

 

 

a

financieros por su valor razonable

3.000

 

___________________________

 

______________________________

 

Y en el tercero

 

___________________________

 

______________________________

 

2.000

Inversiones financieras (3)

 

900. Beneficios activos financieros

 

 

 

a

disponibles para la venta

3.000

 

___________________________

 

______________________________

 

En ninguno de los tres casos es necesario practicar ajustes a la base imponible del impuesto.

 

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