EJEMPLO IV.

Una Sociedad en el ejercicio 2003 obtiene un resultado contable de 50.000 €.

a) La Sociedad tiene un crédito frente a un cliente de 1.000€, cuyo vencimiento se produjo hace un año y cuatro meses. La provisión contable se dotó el año pasado.
b) La Comunidad Económica Europea le impuso una multa de 5.000€ por no cumplir determinadas normas de calidad.
c) Ha adquirido el 31/05/2003 un equipo informático 9.000€ que se va a destinar a un proyecto de I+D. Se amortiza contablemente en un 20% anual. El gasto de este período del personal adscrito al mencionado proyecto es de 700€. Ha recibido de la Comunidad Autónoma una subvención de 1000€.
d) La Sociedad obtiene como ingresos financieros en concepto de dividendos 1.000€ ( retención del 15%), derivados de la participación, desde hace más de dos años, en un 6% en el capital de otra Sociedad residente en España,
e) Tiene las siguientes Bases Imponibles negativas pendientes de compensar:
1992 -1.000€
1995 -6.000€
1999 -5.000€


a) El año anterior la dotación a la provisión no fue deducible por lo que la Sociedad registró una diferencia temporal positiva en la Base Imponible por el gasto contable que no era fiscal. Sin embargo en este período si se admite su deducibilidad porque ha pasado más de 6 meses desde el vencimiento de la obligación, por lo que en este momento se trata de una diferencia temporal negativa que da lugar a la reversión del impuesto sobre beneficio anticipado.
b) La normativa fiscal no admite a la multa como gasto deducible ni en este periodo ni en posteriores, de forma que se trata de una diferencia permanente.
c) Se trata de un elemento del activo afecto a actividades de I+D por lo que se podrá amortizar libremente:


Amortización contable: 9.000 x 20% x 7/12=1.050€
Amortización fiscal: 9.000€
Diferencia temporal negativa =7.950€

Diferencia que revertirá en períodos posteriores cuando se amortice contablemente el equipo a un 20% anual, puesto que fiscalmente su amortización será cero debido a que se amortizó el importe total el año de su adquisición.

Además la Sociedad tiene derecho a disfrutar de libre amortización por los 700€ correspondientes a los gastos de personal.


Por otra parte la Sociedad podrá beneficiarse de la Deducción por gastos de investigación y desarrollo, que han sido: 1.750€
Personal: 700€
Amortización del equipo informático: 1.050€

La Base de la deducción es el importe de los gastos realizados minorados en el 65% de las subvenciones recibidas: 1.750-(65% x 1.000)= 1.100€.
Deducción : 30% x 1.100= 330€.

Además tiene derecho a una deducción adicional del 10% de los gastos del personal cualificado dedicado en exclusiva al proyecto: 10% x 700= 70€.

Por último tiene derecho a una deducción del 10% de la inversión realizada en la adquisición de un inmovilizado afecto a sus actividades de I+D.
9.000 x 10% = 900€.

d) Ingresos financieros: 1.000
Retención : 150€
La Sociedad puede acogerse a la deducción por doble imposición interna, ya que las participaciones las posee desde hace más de una año desde la fecha en que es exigible el dividendo y tiene una participación superior al 5% en el capital social de la sociedad participada.
Deducción 100% x 1000 x 35% = 350€

e) Las bases imponibles negativas pendientes se podrán compensar en este período puesto que no ha transcurrido más de 15 años desde que se generaron.


El esquema a seguir para determinar el Impuesto sobre Sociedades:

Resultado Contable
50.000
  Resultado Contable
50.000
+/- Diferencias permanentes
5.000
  +/- Diferencias permanentes
5.000
-----------------------------------
  +/- Diferencias temporales a) y c)
- 8.950
Resultado Contable Ajust.
55.000
  - Compensación de B.I - de
 
  ejercicios anteriores
-12.000
x Tipo de gravamen
x 35%
  ------------------------------------
-----------------------------------
  Base Imponible del ejercicio
34.050
 
   
Impuesto Bruto
19.250
  x Tipo de gravamen
x 35%
- Deducciones
1.650
  ------------------------------------
-----------------------------------
  Cuota Integra
11.917' 5
Impuesto devengado
17.600 €
  - Deducciones
- 1.650
 
  ------------------------------------
 
  Cuota Líquida
10.267' 5
 
  - Retenciones y Pagos a cuenta
- 150
 
  -------------------------------------
 
  Cuota Diferencial
10.117,5 €

31/12/2003

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17.600 (630) Impuesto sobre
 
beneficios
a
(479) Impuesto sobre
beneficio diferido
2.782' 5
a
(4740) Impuesto sobre
beneficio anticipado
350  
a
(4752) Hacienda Pública acreedor
impuesto Sociedades
10.117' 5
a
(473) Hacienda Pública retenciones
   
y pagos a cuenta
150  
   
a
(4745) Créditos por pérdidas a
      compensar
4.200 
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