¿Cómo se hace...? / Cuentas anuales /  Leyes que intervienen


Los empresarios están obligados a formular cuentas anuales al finalizar el ejercicio. Estas cuentas deberán ajustarse a lo establecido en la legislación mercantil, y además, tras su aprobación, deberán auditarse y depositarse en el Registro Mercantil para su publicación.

Las leyes que regulan todo lo referido a las cuentas anuales son las siguientes:

  • Código de Comercio de 1885.

  • Real Decreto legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

  • Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.

  • Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

  • Real Decreto 1815/1991, de 20 de diciembre, por el que se aprueban las Normas para formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas.

  • Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.

  • Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

  • Instrucción de 30 de diciembre de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

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