Fondos propios |
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Capital suscrito en las sociedades que revistan forma mercantil. Tratándose de sociedades anónimas y comanditarias por acciones, la emisión y suscripción de acciones se registrarán en la forma que las mismas tengan por conveniente, mientras se encuentren los títulos en periodo de suscripción y no se haya procedido a la incorporación en el Registro Mercantil. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará por el capital inicial y las sucesivas ampliaciones. b) Se cargará por las reducciones del mismo y a la extinción de la sociedad una vez transcurrido el periodo de liquidación. Ejemplos:
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Esta cuenta registrará la reserva establecida por el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará, en general, con cargo a la cuenta 129. b) Se cargará por la disposición que se haga de esta reserva. Ejemplos:
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Son las constituidas libremente por la empresa. Su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 112. Ejemplo: |
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Beneficios no repartidos ni aplicados específicamente a ninguna otra cuenta tras la aprobación de las cuentas anuales y la distribución de resultados. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará, con cargo a la cuenta 129. b) Se cargará por su aplicación o disposición, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. Ejemplo: |
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Pérdidas de ejercicios anteriores. Su movimiento es el siguiente: a) Se cargará con abono a la cuenta 129. b) Se abonará con cargo a la cuenta o cuentas con las que se cancele su saldo. La empresa desarrollará en cuentas de cuatro cifras el resultado negativo de cada ejercicio. Ejemplos:
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Beneficios o pérdidas del último ejercicio cerrado, pendientes de aplicación. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará:
b) Se cargará:
Ejemplos:
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