Pérdidas de Inmovilizado y gastos extraordinarios |
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Pérdidas producidas en la enajenación del inmovilizado inmaterial o por la baja en inventario total o parcial, como consecuencia de pérdidas por depreciaciones irreversibles de dichos activos. Se cargará por la pérdida producida en la enajenación con abono a las cuentas del grupo 2 que correspondan. Ejemplos:
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Pérdidas producidas en la enajenación del inmovilizado material, o por la baja en inventario total o parcial, como consecuencia de pérdidas por depreciaciones irreversibles de dichos activos. Se cargará por la pérdida producida en la enajenación con abono a las cuentas del grupo 2 que correspondan. Ejemplos:
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Pérdidas y gastos de cuantía significativa que no deban considerarse periódicos al evaluar los resultados futuros de la empresa. Como regla general, una pérdida o gasto se considerará como partida extraordinaria únicamente si se origina por hechos o transacciones que, teniendo en cuenta el sector de actividad en que opera la empresa, cumple las dos condiciones siguientes: - caen fuera de las actividades ordinarias y típicas de la empresa, y - no se espera, razonablemente, que ocurran con frecuencia. A título indicativo se señalan los siguientes: Los producidos por inundaciones, incendios y otros accidentes; costes de una oferta pública de compra de acciones sin éxito; sanciones y multas fiscales o penales. Ejemplos:
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