- 130 Subvenciones oficiales de capital
- 131 Subvenciones de capital
- 135 Ingresos por intereses diferidos
- 136 Diferencias positivas en moneda extranjera
- 137 Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios
- 138 Ingresos fiscales por deducciones y bonificaciones fiscales a distribuir en varios ejercicios.
Las subvenciones de explotación se imputarán íntegramente al resultado del ejercicio en el momento de la concesión (no del cobro).
Por la concesión de la subvención:
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(4708) Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas |
a |
(740) Subvenciones oficiales de explotación |
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En el momento del cobro de la subvención:
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(57) Tesorería |
a |
(4708) Hacienda Pública, deudor por subvenciones concedidas |
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En el caso de haber recibido subvenciones de capital, no reintegrables, se imputarán al resultado del ejercicio en proporción a la depreciación experimentada durante el periodo por los activos financiados con dichas subvenciones.
Por la concesión de la subvención : (4708) a (130) o (131)
Por el cobro de la subvención: (57) a (4708)
Cada año haríamos:
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(130) Subvenciones oficiales de capital |
a |
(775) Subvenciones de capital traspasadas a resultados del ejercicio |
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O en su caso,
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(131) Subvenciones de capital |
a |
(775) Subvenciones de capital traspasadas a resultados del ejercicio |
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Las subvenciones de carácter no reintegrables en el caso de activos no depreciables se imputarán al resultado como ingreso del ejercicio en el que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos. |