2. Crear una empresa



No puede empezar nunca creando la empresa sino tiene creado el convenio que la regula puesto que el programa le obliga a incluirlo.

Una vez creado el convenio, ya puede crear la empresa. Al crearla y asignarle el convenio al que debe acogerse, ya quedan establecidas las diferentes condiciones económicas y laborales que la regulan. Datos como categorías, los distintos conceptos retributivos que componen el salario, importes de los mismos, pagas extras, tipos de antigüedades, los diferentes complementos por incapacidad temporal, ya pasarán de forma automática a la empresa. A pesar de todo podrá modificarlos cuando desee.

Si en la empresa se establecen condiciones diferentes, estás prevalecerán sobre las de convenio.

Una vez introducidos los datos generales, laborales, fiscales y económicos de la empresa, deberá revisar si están dados de alta correctamente los festivos de carácter autonómico, local y los establecidos en el convenio.

Le aparece una nueva pestaña denominada "I.R.P.F.". Ésta se rellena de forma automática cuando acumule las retenciones practicadas a los trabajadores, al listar el modelo 110. En esta pantalla solo deberá dar de alta a profesionales cuando les haya practicado algún tipo de retención a lo largo del trimestre, así los podrá incluir en la declaración trimestral "Modelo 110" de las retenciones practicadas a cuenta del I.R.P.F.

Pulse en INTRODUCIR DATOS del Menú General y después seleccione EMPRESA.

 

 

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