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Hola, Tengo una duda respecto a la obligación de incluir en las facturas emitidas los datos de inscripcion en el Registro Mercantil. He visto que el Real Decreto 2402/1985, en su articulo 3 no incluye dicha obligación, pero en el Código de Comercio, en el "TÍTULO II.DEL REGISTRO MERCANTIL" dice lo siguiente: 1. Los empresarios individuales, sociedades y entidades sujetos a inscripción obligatoria harán constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil (...) 2. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado, previa instrucción de expediente por el Ministerio de Economía y Hacienda, con audiencia de los interesados y conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo con una multa de cuantía de 50.000 a 500.000 pesetas.
Es que antes trabajaba para una comunidad de bienes y como no estaba inscrita en el Reg. Mercantil, no lo poníamos en las facturas. Pero ahora es una S.L, así que las cincunstancias han cambiado. Tengo que incluirlo? Gracias.
Saludos.
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