Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Comentario art. 20.1.19.

JUEGO.

Están exentas las loterías y apuestas organizadas por:

· ONLAE: Primitiva, Lotería Nacional, Bonoloto, Quiniela...
· ONCE.
· Comunidades Autónomas.

También están exentas las actividades que constituyan el hecho imponible de las tasas sobre juegos y sobre rifas.

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