Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Ejemplos art. 21.1.


EXPORTACIONES.

EJEMPLO I.

La empresa SUSA se dedica a la venta de libros por INTERNET.
Recibe un pedido desde Venezuela, y los libros se envían.


Según la respuesta a una consulta de la Dirección General de Tributos de 17/09/98, estos envíos de bienes realizados por medio de contratación por INTERNET deben considerarse exportación, por cumplir los requisitos fijados para ello, y por tanto esta entrega de bienes está exenta del impuesto.


EJEMPLO II.

Un empresario marroquí compra mercaderías a una empresa de Granada. Las mercaderías se transportan a Marruecos de cuenta del empresario granadino.

Esta entrega está exenta por aplicación del artículo 21.1. Para justificar que procede la exención ante la Administración, el empresario vendedor debe conservar:
· contratos firmados con el empresario marroquí, o documentos de pedido.
· las facturas emitidas al empresario marroquí.
· el documento que justifique el transporte.
· el documento aduanero que justifique la salida de los bienes del territorio de la Unión Europea.

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