Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
EJEMPLO I.
Un empresario argelino encarga
a un comisionista español la adquisición de unas mercaderías
en Albacete.
El comisionista obra por cuenta del empresario argelino y contrata tanto la
compra como el transporte de las mercaderías.
Tanta la exportación
como el servicio de transporte están exentos de IVA en aplicación
del artículo 21, y además el comisionista obra en nombre y por
cuenta de un tercero, por lo que sus servicios también están exentos.