Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Ejemplos art. 79.2.
EJEMPLO I.
Una cooperativa vende pisos de 2 habitaciones nuevos de protección oficial con trasteros por 250.000€. Los trasteros están situados en otro edificio también construido por la cooperativa pero que no es de protección oficial. El valor del mercado del piso es de 254.000€ y el del trastero de 6.500€. Como consecuencia de las diferencias de los tipos impositivos que gravan estas operaciones es necesario conocer la parte de la base imponible del piso y la parte relativa al trastero. Ambas se determinarán en proporción al valor de mercado del piso y del trastero.
B.I del piso: 250.000 X (254.500 / 260.000) = 244.712 €. Tipo de gravamen 4%.
B.I del trastero: 250.000 X ( 6.500 / 260.000) = 6.250 €. Tipo de gravamen 18%.
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260.913,48
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Tesorería |
a |
Ventas |
250.000
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a |
Hacienda
Pública IVA repercutido |
10.913,48
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