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Web contable / Normas internacionales de contabilidad / Principales cambios... / 8. El concepto de pasivo: las provisiones
El reconocimiento de pasivos, por parte de la empresa, está sometido
también al cumplimiento estricto de las condiciones establecidas
en la definición: debe tratarse de una obligación actual,
procedente de sucesos pasados, que la entidad espere cancelar mediante
la entrega de recursos que impliquen beneficios económicos.
Es importante señalar, en esta definición, tanto el carácter
“actual” de la obligación, lo que quiere decir que
la empresa ya ha incurrido en ella y ha de satisfacerla en algún
momento, como la voluntad efectiva de cancelarla mediante la entrega de
activos. Siempre que la salida de recursos para la cancelación
se vaya a producir de forma diferida en el tiempo, la valoración
de la obligación será por el valor actual neto de la misma,
utilizando las tasas de interés que corresponden a las condiciones
en las que se financia la empresa.
Para reconocer un elemento de pasivo, como en el caso de los activos,
es preciso que la entidad pueda evaluar de forma fiable el importe de
la misma. En caso de no poder identificar un activo o no poderlo medir
fiablemente, se estará en presencia de una contingencia, de la
cual se dará información en las notas.
TABLA 2: DETERIORO DEL VALOR Y SU REVERSIÓN
SITUACIÓN |
FORMA DE PROCEDER |
TRATAMIENTO CONTABLE |
DETERIORO |
Siempre que VCt> VRt
Donde:
VCt = coste o valor revalorizado amortizado
VRt= mayor entre VANt y VNRt
VANt= valor actual neto de flujos de efectivo
VNRt= valor neto de realización o venta |
IMPUTACIÓN:
1) deducción de la plusvalía por revalorización,
si hubiere, y el resto
2) cargo a resultados |
PROCEDIMIENTO DE REBAJA (UGE):
1)eliminación del fondo de comercio, y el resto
2) prorrata entre los elementos materiales e inmateriales |
REVERSIÓN DEL DETERIORO |
Si, tras el deterioro VCDt+n<
VRt+n
Donde :
VCDt+n = valor contable amortizado tras el
deterioro, en el momento t+n
VRt+n = valor recuperable en t+n |
IMPUTACIÓN:
1)abono a resultados, con el límite de las cantidades cargadas
anteriormente
2) el resto, si lo hay, se lleva a la plusvalía de revalorización |
PROCEDIMIENTO DE REVERSIÓN
(UGE):
1)reposición de los valores de los elementos (prorrateo),
y el resto
2) reposición del fondo de comercio (muy excepcional) |
Para el reconocimiento de un pasivo es preciso identificar, de una forma
clara, al titular o titulares del derecho correspondiente, que por lo
general serán siempre conscientes de su situación, ya que
de lo contrario no se darán las condiciones exigidas en la definición.
Por esta razón una provisión genérica para pérdidas
o gastos futuros, o para litigios que pudieran surgir, no cumple los requisitos
de la definición de pasivo. Por el contrario, la provisión
para garantías de productos o una provisión para hacer frente
a las indemnizaciones derivadas de una demanda judicial de pago probable,
son casos de pasivos que se deben reconocer.
La gran mayoría de los pasivos reconocidos en el PGC son pasivos
también en las NIIF. No obstante, pueden surgir algunos problemas
en determinadas provisiones para riesgos y gastos, cuyo reconocimiento
según la norma española no es tan exigente como en la norma
internacional. A continuación se comentan los casos de las provisiones4
por reestructuración y de las provisiones para reparaciones.
Las provisiones por reestructuración de la empresa
(ventas o abandonos de líneas de actividad, cambios en la gerencia
o la propiedad, reorganizaciones importantes...) sólo cumplen la
definición de pasivo cuando corresponden a un plan formal y detallado
aprobado por la gerencia de la empresa, que ha producido una expectativa
válida entre los afectados (clientes, empleados, ...), ya sea por
haberse comenzado a implantar, ya por haber anunciado sus principales
características. Mientras el plan se está gestando, o sólo
es un proyecto de la dirección de la empresa, no se cumple la condición
de existir una obligación actual.
Las provisiones para reparaciones o inspecciones importantes
de elementos de inmovilizado (instalaciones complejas, buques, aeronaves,...)
no originan pasivos hasta que no se llevan a cabo, y el que las realiza
tiene derecho a cobrar sus servicios. Dotarlas por anticipado, aunque
sea una práctica válida para efectos fiscales, no genera
pasivos ni gastos a efectos de las NIIF. Lo habitual, por tanto, será
realizar la reparación, calificar los desembolsos como gastos o
como activos y, en el caso de estos últimos, amortizarlos en un
periodo más corto.
4 Aunque no se trate de una diferencia fundamental, debe hacerse
notar que en las NIIF utilizan el término “provisión”
para referirse exclusivamente a elementos del pasivo. Las rebajas de valor
de los activos, cuando no se puede recuperar el valor contable, reciben
el nombre de correcciones o deterioros del valor, pero no se denominan “provisiones”.
Esta postura terminológica también ha sido adoptada por la
Unión Europea en su reciente Directiva 2003/51/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2003, por la que se modifican las
Directivas 78/660/CEE, 83/349/CEE, 86/635/CEE y 91/674/CEE del Consejo sobre
las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedades,
bancos y otras entidades financieras y empresas de seguros. (puede verse
en el sitio oficial de la D.G de Mercado Interno de la Comisión Europea
, en la dirección de Internet <http://europa.eu.int/comm/internal_market/accounting/officialdocs_fr.htm#directives>)
Autor: José Antonio GONZALO ANGULO – Universidad
de Alcalá
© Gonzalo Angulo, JA (2003): "Principales cambios que suponen
las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) respecto
al Plan General de Contabilidad (PGC)", 5campus.org,
Contabilidad Internacional
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