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Web contable / Normas internacionales de contabilidad / Principales cambios... / 8. El concepto de pasivo: las provisiones


El reconocimiento de pasivos, por parte de la empresa, está sometido también al cumplimiento estricto de las condiciones establecidas en la definición: debe tratarse de una obligación actual, procedente de sucesos pasados, que la entidad espere cancelar mediante la entrega de recursos que impliquen beneficios económicos.

Es importante señalar, en esta definición, tanto el carácter “actual” de la obligación, lo que quiere decir que la empresa ya ha incurrido en ella y ha de satisfacerla en algún momento, como la voluntad efectiva de cancelarla mediante la entrega de activos. Siempre que la salida de recursos para la cancelación se vaya a producir de forma diferida en el tiempo, la valoración de la obligación será por el valor actual neto de la misma, utilizando las tasas de interés que corresponden a las condiciones en las que se financia la empresa.

Para reconocer un elemento de pasivo, como en el caso de los activos, es preciso que la entidad pueda evaluar de forma fiable el importe de la misma. En caso de no poder identificar un activo o no poderlo medir fiablemente, se estará en presencia de una contingencia, de la cual se dará información en las notas.

TABLA 2: DETERIORO DEL VALOR Y SU REVERSIÓN

SITUACIÓN
FORMA DE PROCEDER
TRATAMIENTO CONTABLE
DETERIORO
Siempre que VCt> VRt
Donde:
VCt = coste o valor revalorizado amortizado
VRt= mayor entre VANt y VNRt
VANt= valor actual neto de flujos de efectivo
VNRt= valor neto de realización o venta
IMPUTACIÓN:
1) deducción de la plusvalía por revalorización, si hubiere, y el resto
2) cargo a resultados
PROCEDIMIENTO DE REBAJA (UGE):
1)eliminación del fondo de comercio, y el resto
2) prorrata entre los elementos materiales e inmateriales
REVERSIÓN DEL DETERIORO
Si, tras el deterioro VCDt+n< VRt+n
Donde :
VCDt+n = valor contable amortizado tras el
deterioro, en el momento t+n
VRt+n = valor recuperable en t+n
IMPUTACIÓN:
1)abono a resultados, con el límite de las cantidades cargadas anteriormente
2) el resto, si lo hay, se lleva a la plusvalía de revalorización
PROCEDIMIENTO DE REVERSIÓN (UGE):
1)reposición de los valores de los elementos (prorrateo), y el resto
2) reposición del fondo de comercio (muy excepcional)

Para el reconocimiento de un pasivo es preciso identificar, de una forma clara, al titular o titulares del derecho correspondiente, que por lo general serán siempre conscientes de su situación, ya que de lo contrario no se darán las condiciones exigidas en la definición. Por esta razón una provisión genérica para pérdidas o gastos futuros, o para litigios que pudieran surgir, no cumple los requisitos de la definición de pasivo. Por el contrario, la provisión para garantías de productos o una provisión para hacer frente a las indemnizaciones derivadas de una demanda judicial de pago probable, son casos de pasivos que se deben reconocer.

La gran mayoría de los pasivos reconocidos en el PGC son pasivos también en las NIIF. No obstante, pueden surgir algunos problemas en determinadas provisiones para riesgos y gastos, cuyo reconocimiento según la norma española no es tan exigente como en la norma internacional. A continuación se comentan los casos de las provisiones4 por reestructuración y de las provisiones para reparaciones.

Las provisiones por reestructuración de la empresa (ventas o abandonos de líneas de actividad, cambios en la gerencia o la propiedad, reorganizaciones importantes...) sólo cumplen la definición de pasivo cuando corresponden a un plan formal y detallado aprobado por la gerencia de la empresa, que ha producido una expectativa válida entre los afectados (clientes, empleados, ...), ya sea por haberse comenzado a implantar, ya por haber anunciado sus principales características. Mientras el plan se está gestando, o sólo es un proyecto de la dirección de la empresa, no se cumple la condición de existir una obligación actual.

Las provisiones para reparaciones o inspecciones importantes de elementos de inmovilizado (instalaciones complejas, buques, aeronaves,...) no originan pasivos hasta que no se llevan a cabo, y el que las realiza tiene derecho a cobrar sus servicios. Dotarlas por anticipado, aunque sea una práctica válida para efectos fiscales, no genera pasivos ni gastos a efectos de las NIIF. Lo habitual, por tanto, será realizar la reparación, calificar los desembolsos como gastos o como activos y, en el caso de estos últimos, amortizarlos en un periodo más corto.


4 Aunque no se trate de una diferencia fundamental, debe hacerse notar que en las NIIF utilizan el término “provisión” para referirse exclusivamente a elementos del pasivo. Las rebajas de valor de los activos, cuando no se puede recuperar el valor contable, reciben el nombre de correcciones o deterioros del valor, pero no se denominan “provisiones”. Esta postura terminológica también ha sido adoptada por la Unión Europea en su reciente Directiva 2003/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2003, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE, 83/349/CEE, 86/635/CEE y 91/674/CEE del Consejo sobre las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedades, bancos y otras entidades financieras y empresas de seguros. (puede verse en el sitio oficial de la D.G de Mercado Interno de la Comisión Europea , en la dirección de Internet <http://europa.eu.int/comm/internal_market/accounting/officialdocs_fr.htm#directives>)


Autor: José Antonio GONZALO ANGULO – Universidad de Alcalá

© Gonzalo Angulo, JA (2003): "Principales cambios que suponen las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) respecto al Plan General de Contabilidad (PGC)", 5campus.org, Contabilidad Internacional