Web contable / Artículos de interés /  Los empresarios españoles se preparan para hacer frente a los primeros ajustes fiscales

Por Ana I. Gracia. Madrid

Los expertos solicitan a la Dirección General de Tributos una disposición normativa o una resolución que clarifique aún más los ajustes contables. Confían, además, en acabar con las discrepancias entre fiscalidad y contabilidad para ganar terreno en seguridad.

Con la llegada de 2008, se inauguró una nueva era para la información contable y financiera de la empresa española, que ha decidido apostar por un mayor nivel de calidad y transparencia con el fin último de integrarse con los mercados europeos. Así, con la reciente aprobación de una ley sobre la Reforma de la Legislación Mercantil en materia de derecho contable, queda completado el nuevo marco regulador de la contabilidad en España. Pero, ¿es necesario para el cambio un régimen fiscal transitorio introducido mediante una norma o una solución administrativa? De lo que no cabe duda es de que, como consecuencia de la conversión al nuevo PGC, van a existir ajustes contables con abonos a partidas de patrimonio neto cuyas implicaciones fiscales habrá que tener en cuenta, ya que podrán dar lugar a más de un ajuste fiscal.

En un debate organizado por KPMG y EXPANSIÓN, donde se discutieron los aspectos fiscales de la reforma contable, los expertos coincidieron en que sería necesaria una disposición normativa o una resolución de la Dirección General de Tributos para clarificar estos temas. De todos modos, José Antonio López Santacruz, subdirector general de impuestos sobre las personas jurídicas de la Dirección General de Tributos, recomendó que "sería idóneo que las dudas se canalicen mediante consultas administrativas". Luis López Tello, director corporativo financiero y fiscal de Repsol, pidió "la institucionalización del proceso", porque la reforma "no afecta exclusivamente al sector financiero, así que se debería buscar una solución lo más amplia y completa posible", a lo que López Santacruz respondió que "ya se están valorando contactos previos por, si surgen problemas, se busque la solución más adecuada que, seguramente, se solventará a través de una resolución". Ignacio de Felipe, director de asesoría fiscal del grupo Ferrovial, reconoció que hay ciertos problemas que no tienen solución y que "a lo mejor, hay que hacer un ajuste más en la ley".

Primera aplicación

Se planteó también la cuestión de si, para las entidades que estén aplicando el nuevo PGC y tengan la obligación de calcular el pago mediante el procedimiento del artículo 45.3 del método de la base, es lógico entender que los ajustes del asiento de primera aplicación deban tenerse en cuenta a la hora de calcular la base del pago. Francisco Castellano, jefe de asesoramiento fiscal y convenios con la Administración de la CECA, recuerda que, para el cambio, tienen que tener en cuenta las dificultades de cálculo, "porque no es fácil cambiar de un plan a otro". El gran problema, añade, es que los datos contables "no se ajusten con el nuevo plan".

En muchas ocasiones, hay cambios de criterios contables que, más tarde, en la normativa fiscal, no se especifican. ¿Podría haber una doble imposición? "Lo que puede haber son muchas divergencias por la carga que va a suponer digerir que las normas fiscales no se hayan modificado. Va a suponer un control muy exhaustivo", dice Mendoza. Muchos de los empresarios que ahora se enfrentan al cambio de sus memorias contables se preguntarán qué pasa con las provisiones que estaban hechas antes del pasado enero. En efecto, López Tello afirma que puede haber "peleas" por las distintas valoraciones que pueden hacerse. "Es un área de disputa latente", puntualiza.

Lo lógico sería entender que, con el cambio, existe una mayor convergencia entre contabilidad y fiscalidad. Entre otras razones, porque donde no se establezcan excepciones fiscales se asume la contabilidad. ¿Cuál es la relación entre contabilidad y el impuesto sobre sociedades con las normas contables? Castellanos recuerda que, en 1920, el motor de la contabilidad fue el impuesto sobre sociedades. Sin embargo, ahora es todo lo contrario. "La realidad empresarial de 1920 no tiene nada que ver con la actual.
Creo que es imposible desvincular el impuesto sobre sociedades de la contabilidad. Tenemos que conseguir un consenso que nos dé seguridad a todos. Que no haya discrepancias entre fiscalidad y contabilidad sería lo deseable", resume López Tello. Sin embargo, añade que la norma contable "no está pensada" para regular una relación que, por naturaleza, "va a ser polémica". ¿Siempre hay que hablar de inamovilidad del valor contable? ¿Por qué se prohíbe de entrada el posible ajuste extracontable? "En aquellos casos donde se diga", afirma López Santacruz. "Tiene que tener un impuesto de sociedades que, pase lo que pase, sea inamovible. El PGC ha cambiado, y hay que asumirlo", continúa. López Santacruz recuerda que la valoración, ya de por sí, es polémica. "Nos movemos en un ámbito a la hora de aplicar normas internacionales más complejo y con más incertidumbre, y tengo la sensación de que, en algunos casos, no son precisas. Creo que es inevitable ir de la mano de la contabilidad", añade.

A Miguel Iglesias, director fiscal de la corporación Telefónica, lo que más le preocupa es la parte práctica. Ángel Serrano, jefe de la dependencia del control tributario y aduanero de la Agencia Tributaria, reconoció el alto grado de incertidumbre existente, y no sólo desde el punto de vista de las aprobaciones que ellos mismos siguen, sino también a la hora de registrar. "En la Agencia, estamos en un proceso de formación y estamos trabajando en un primer borrador del plan. No nos queda más remedio que ir perfeccionando, pero sin apartarnos del modelo, y ya ajustaremos lo que tengamos que ajustar", resume.

 

Discrepancias por el alto nivel de subjetividad de los criterios contables

López Tello es consciente de que los criterios contienen un alto nivel de subjetividad. "Llegar a un resultado contable donde tienes un auditor que tiene que retratarte ante un mercado no tiene la misma transcendencia en la relación que tiene con la Agencia Tributaria. Por naturaleza, va a tender a discrepar de los elementos subjetivos que le causan perjuicios. Mucha tensión y mucha polémica difícil de solucionar".
¿Dónde van a quedar los puntos de fricción?, cuestiona Serrano.
"El ajuste secundario está muy claro, pero ¿está incluido? "El ajuste secundario te lo tendrá que decir el auditor de entrada", contesta el directivo. Según De Felipe, la Administración no puede comprobar un valor que se acoge a un criterio distinto.
Iglesias hace referencia a los famosos intangibles que se deducen al 10%.
"Es lo mismo que el año pasado. Simplemente, hay que adaptarlo a la nueva metodología", contesta López.
En el tratamiento de los negocios conjuntos, se regula con mucho detalle desde el punto de vista contable. "Generará más dudas, sobre todo, en entidades extranjeras", comenta Aguiló. El nuevo tratamiento contable de los negocios conjuntos puede alterar la calificación fiscal de las rentas derivadas del desarrollo de proyectos a través de explotaciones económicas acometidas en joint venture. "Habrá que analizar caso a caso", señala López Santacruz. Pero el gran problema, según De Felipe, "es que los criterios fiscales puede que no coincidan con los contables", concluye.





Fuente: EMPRESAS en EXPANSIÓN de 13-03-2008