ORDEN DE 27 DE ENERO DE 1993 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS.

CUARTA PARTE
CUENTAS ANUALES

Nota: Sólo se incluyen aquellas normas de elaboración de las cuentas anuales que han sido objeto de adaptación.

Los modelos de Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias se incluyen en su totalidad.
En relación con los modelos de Memoria, sólo se incluyen aquellos apartados que han sido objeto de adaptación, de forma que los apartados de la misma que han sufrido algún cambio, incluso la distinta numeración, se incluye en su totalidad.




MEMORIA ABREVIADA

Contenido de la Memoria abreviada

4. Normas de valoración
.-Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:

a) Gastos de establecimiento; indicando los criterios utilizados de capitalización, amortización y, en su caso, saneamiento.

b)
Inmovilizado inmaterial; indicando los criterios utilizados de capitalización, amortización, provisiones y, en su caso, saneamiento.
Justificación, en su caso, de la amortización del fondo de comercio en un período superior a cinco años.
Además se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero.

c) Inmovilizado material; indicando los criterios sobre:

- Amortización y dotación de provisiones.
- Capitalización de intereses y diferencias de cambio.
- Contabilización de costes de ampliación, modernización y mejoras.
- Determinación del coste de los trabajos efectuados por la Empresa para su inmovilizado.
- Las partidas del inmovilizado material que figuran en el Activo por una cantidad fija.
- Actualizaciones de valor practicadas al amparo de una ley.

d) Valores negociables y otras inversiones financieras análogas, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.

e) Créditos no comerciales, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos en las correcciones valorativas y, en su caso, el devengo de intereses.

f)
Existencias; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.
Además se precisarán los criterios de valoración de las partidas que figuran en el Activo por una cantidad fija.

g) Acciones propias en poder de la Sociedad.

h)
Subvenciones; indicando el criterio de imputación a resultados.

i) Provisiones para pensiones y obligaciones similares; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos cubiertos.

j) Otras provisiones del grupo 1; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de los riesgos o gastos incluidos en dichas provisiones.

k) Deudas, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración, así como los de imputación a resultados de los gastos por intereses o primas diferidas.

l) Impuesto sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para su contabilización.

m) Transacciones en moneda extranjera; indicando lo siguiente:
Criterios de valoración de saldos en moneda extranjera.
Procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio, en pesetas, de elementos patrimoniales que en la actualidad o en su origen hubieren sido expresados en moneda extranjera.
Criterios de contabilización de las diferencias de cambio.

n) Ingresos y gastos; indicando lo siguiente:

- Criterios utilizados para la determinación de los resultados:
- Método del porcentaje de realización, o
- Método del contrato cumplido.
- Sistema de evaluación de la producción del período, diferenciando entre certificación y producción.

o) Obra ejecutada pendiente de certificar; indicando los criterios de valoración y realizando una descripción del método de estimación utilizado.

p) Obras en curso de ejecución; reseñando el criterio utilizado, bases y sistemática de su aplicación:
Determinación y valoración de los costes directos.
Imputación de costes indirectos y amortizaciones.
Criterio para imputación de costes a gastos generales.

q) Provisiones de tráfico específicas del sector de construcción; indicando el criterio de contabilización y realizando una descripción general del método de estimación y cálculo de los riesgos cubiertos.