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Nota:
Sólo se incluyen aquellas normas de elaboración de las cuentas
anuales que han sido objeto de adaptación.
Los modelos de Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias se incluyen
en su totalidad.
En relación con los modelos de Memoria, sólo se incluyen
aquellos apartados que han sido objeto de adaptación, de forma
que los apartados de la misma que han sufrido algún cambio, incluso
la distinta numeración, se incluye en su totalidad.
MEMORIA ABREVIADA
Contenido de la Memoria abreviada
4. Normas de valoración.-Se indicarán los criterios
contables aplicados en relación con las siguientes partidas:
a) Gastos de establecimiento; indicando los criterios utilizados
de capitalización, amortización y, en su caso, saneamiento.
b) Inmovilizado inmaterial; indicando los criterios utilizados de
capitalización, amortización, provisiones y, en su caso,
saneamiento.
Justificación, en su caso, de la amortización del fondo
de comercio en un período superior a cinco años.
Además se precisarán los criterios de contabilización
de contratos de arrendamiento financiero.
c) Inmovilizado material; indicando los criterios sobre:
- Amortización y dotación de provisiones.
- Capitalización de intereses y diferencias de cambio.
- Contabilización de costes de ampliación, modernización
y mejoras.
- Determinación del coste de los trabajos efectuados por la Empresa
para su inmovilizado.
- Las partidas del inmovilizado material que figuran en el Activo por
una cantidad fija.
- Actualizaciones de valor practicadas al amparo de una ley.
d) Valores negociables y otras inversiones financieras análogas,
distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los criterios de valoración
y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.
e) Créditos no comerciales, distinguiendo a corto y a largo
plazo; indicando los criterios de valoración y, en particular,
precisando los seguidos en las correcciones valorativas y, en su caso,
el devengo de intereses.
f) Existencias; indicando los criterios de valoración y, en
particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas.
Además se precisarán los criterios de valoración
de las partidas que figuran en el Activo por una cantidad fija.
g) Acciones propias en poder de la Sociedad.
h) Subvenciones; indicando el criterio de imputación a resultados.
i) Provisiones para pensiones y obligaciones similares; indicando
el criterio de contabilización y realizando una descripción
general del método de estimación y cálculo de cada
uno de los riesgos cubiertos.
j) Otras provisiones del grupo 1; indicando el criterio de contabilización
y realizando una descripción general del método de estimación
y cálculo de los riesgos o gastos incluidos en dichas provisiones.
k) Deudas, distinguiendo a corto y a largo plazo; indicando los
criterios de valoración, así como los de imputación
a resultados de los gastos por intereses o primas diferidas.
l) Impuesto sobre beneficios; indicando los criterios utilizados
para su contabilización.
m) Transacciones en moneda extranjera; indicando lo siguiente:
Criterios de valoración de saldos en moneda extranjera.
Procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio, en pesetas, de
elementos patrimoniales que en la actualidad o en su origen hubieren sido
expresados en moneda extranjera.
Criterios de contabilización de las diferencias de cambio.
n) Ingresos y gastos; indicando lo siguiente:
- Criterios utilizados para la determinación de los resultados:
- Método del porcentaje de realización, o
- Método del contrato cumplido.
- Sistema de evaluación de la producción del período,
diferenciando entre certificación y producción.
o) Obra ejecutada pendiente de certificar; indicando los criterios
de valoración y realizando una descripción del método
de estimación utilizado.
p) Obras en curso de ejecución; reseñando el criterio
utilizado, bases y sistemática de su aplicación:
Determinación y valoración de los costes directos.
Imputación de costes indirectos y amortizaciones.
Criterio para imputación de costes a gastos generales.
q) Provisiones de tráfico específicas del sector
de construcción; indicando el criterio de contabilización
y realizando una descripción general del método de estimación
y cálculo de los riesgos cubiertos.
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