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Web fiscal / Estimación directa en el I.R.P.F. / III. Obligaciones formales
Con carácter general para los sujetos pasivos del I.R.P.F., existe la obligación de conservar durante el tiempo de prescripción, que es de cuatro años, todos los documentos justificativos de rentas, bienes, derechos y, en general, de los datos que consten en sus declaraciones tributarias.
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