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Web
laboral / Preguntas más
frecuentes en materia laboral
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4.
¿Puede el empresario adoptar medidas de control de los trabajadores? |
El empresario tiene la potestad para adoptar medidas de vigilancia para
comprobar si efectivamente los trabajadores cumplen con sus obligaciones
laborales siempre que respeten la dignidad del trabajador, su honor e
intimidad y, en su caso, la capacidad real de los trabajadores disminuidos.
Es posible por tanto con los indicados límites y siempre que la
medida pueda considerarse adecuada colocar micrófonos, cámaras,
sistemas de control del uso de los sistemas informáticos y exigir
la realización de los exámenes por el personal médico
que permitan acreditar si efectivamente concurre en el trabajador la dolencia
o enfermedad que aduce como motivo de baja.
Más información sobre la cuestión, ver Poder
de vigilancia y potestad disciplinaria del empresario.
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