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Web
laboral / Preguntas más
frecuentes en materia laboral
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4.
¿Quién responde en caso de incumplimiento de los deberes
de seguridad e higiene en el trabajo? |
El empresario (la empresa) es responsable del cumplimiento de los deberes
de seguridad e higiene en los centros de trabajo de que sea titular de
modo que, ante un incumplimiento, a él se dirigirá la sanción
administrativa correspondiente o las acciones penales que pudieran proceder.
Ello no obstante existe igualmente responsabilidad, en caso de que les
sea atribuible la infracción, por parte de las entidades especializadas
que prestan los servicios de prevención de riesgos laborales como
entidades ajenas a la empresa, las personas o entidades que realizan la
labor de auditoría, aquellas otras que realizan la labor de desarrollar
y certificar la formación en materia de prevención de riesgos
laborales, los promotores, los propietarios de obra y también los
trabajadores por cuenta propia.
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