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Web
laboral / Preguntas
más frecuentes en materia de Seguridad Social
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14.
¿Cuál es el plazo para solicitar que efectivamente
se satisfagan las prestaciones que ya han sido reconocidas al beneficiario? |
El derecho a percibir las prestaciones reconocidas como prestación
a tanto alzado y por una sola vez caduca al año a contar desde
el día siguiente a aquél en que se notificó en forma
al interesado su concesión. Si se trata de prestaciones periódicas,
el derecho a percibir cada mensualidad caduca al año a contar desde
su respectivo vencimiento.
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