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laboral / Preguntas
más frecuentes en materia de Seguridad Social
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8.
¿Pueden obtenerse aplazamientos en el pago de las deudas
a la Seguridad Social? |
Sí es posible solicitar y obtener el aplazamiento y el fraccionamiento
en el pago de las deudas a la Seguridad Social, tanto dentro del período
voluntario de pago como en vía ejecutiva. Podrá obtenerse
este aplazamiento tanto para satisfacer las cuotas de cotización
debidas- salvo en la cuantía que corresponde a la aportación
del trabajador y salvo igualmente las cuotas por accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales-, así como de los recargos que se
hayan impuesto en el procedimiento de recaudación, como cualquier
otra deuda por concepto diferente a la cotización. Para obtener
el aplazamiento o fraccionamiento debe hacerse la correspondiente solicitud
por el responsable del pago ante la Dirección Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social, y acreditar que su situación
económico-financiera y demás circunstancias concurrentes
no le permiten realizar el pago de la deuda de forma inmediata. Además,
como regla general, deberá ofrecerse y constituir como garantía,
aval de entidad de depósito o de crédito, o de cooperativas
de crédito, seguro de caución o, en defecto de cualquiera
de ellas, otra garantía suficiente como hipoteca, prenda, fianza
personal, etc.
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