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laboral / Preguntas
más frecuentes en materia de Seguridad Social
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19. ¿Cuándo se cobra
la pensión de jubilación del extinto SOVI (Seguro Obligatorio
de Vejez e Invalidez)? |
Las pensiones del SOVI continúan vigentes mediante disposiciones
transitorias en el momento actual y resultan aplicables a aquellas personas
que, bien por no haber trabajado después del año 1966, bien
porque, aún habiendo trabajado posteriormente, no cumplen los requisitos
exigidos, no pueden acceder a ninguna pensión de las que se han
establecido con el actual Sistema de Seguridad Social ya sea en el Régimen
General o en alguno de los Regímenes Especiales.
Para acceder a la pensión de jubilación del SOVI es necesario:
1. Acreditar 1800 días de cotización al seguro obligatorio
(SOVI), antes del 1 de enero de 1967 o, en su defecto, haber estado afiliado
al Régimen del Retiro Obrero.
2. Que el beneficiario no tenga derecho a ninguna otra pensión
de la Seguridad Social.
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