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Web laboral / Preguntas más frecuentes en materia laboral


23. ¿Cuántos días de fiesta corresponden al trabajador anualmente, como mínimo?

Las fiestas laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos deben ser fiestas locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España. Las Comunidades Autónomas, dentro del mencionado límite anual de catorce días festivos, pueden señalar sus fiestas propias que sustituirán a las que estén establecidas a nivel nacional que no sean de obligado cumplimiento.