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Web laboral / Preguntas más frecuentes en materia laboral


24. ¿En qué consiste el derecho a la promoción interna y a la formación profesional?

El derecho a la promoción interna se entiende, en primer lugar, como el derecho a una promoción económica acorde con las funciones desempeñadas en la empresa y a complemento por antigüedad, en ambos casos de acuerdo lo dispuesto en el convenio colectivo aplicable, en el acuerdo de empresa, o en el propio contrato de trabajo individual. También se concreta este derecho en la necesidad de que el trabajador se encuentre correctamente clasificado profesionalmente, en función de su preparación y funciones a desempeñar en la empresa y, en casos de movilidad funcional ordenada por el empresario, si las funciones a desempeñar son superiores a las correspondientes a su categoría o grupo profesional, en el derecho a obtener la remuneración correspondiente a esas nuevas funciones y, si se prolongan durante un período superior a seis meses en un año o a ocho meses en dos años, en el derecho a reclamar el ascenso o, en todo caso, la cobertura de la vacante conforme a las reglas de ascensos aplicables en la empresa. Los ascensos, en todo caso, deben producirse teniendo en cuenta la formación, méritos, antigüedad del trabajador, y las facultades organizativas del empresario.

Por otro lado el trabajador tiene derecho a su adecuada formación profesional, de modo que si se encuentra cursando estudios tiene derecho a disfrutar de los permisos para acudir a exámenes, a elegir turno si ese es el sistema de trabajo de la empresa a que se adapte su jornada de trabajo para acudir a cursos de formación profesional, y a obtener el permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional reservándosele su puesto de trabajo.

Hay que destacar que el Estatuto de los Trabajadores considera como justa causa que permite al trabajador extinguir su contrato de trabajo el hecho de que se hayan realizado por parte del empresario modificaciones sustanciales de sus condiciones de trabajo y que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.