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laboral / Preguntas más
frecuentes en materia laboral
23. ¿Cuántos días de fiesta corresponden al trabajador anualmente, como mínimo? |
Las fiestas laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de
los Trabajadores, no podrán exceder de catorce al año, de
las cuales dos deben ser fiestas locales. En cualquier caso se respetarán
como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor,
Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre,
como Fiesta Nacional de España. Las Comunidades Autónomas,
dentro del mencionado límite anual de catorce días festivos,
pueden señalar sus fiestas propias que sustituirán a las
que estén establecidas a nivel nacional que no sean de obligado
cumplimiento.