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frecuentes en materia laboral
8. ¿Hasta qué punto prima la voluntad de las partes plasmada en el contrato de trabajo sobre la Ley? |
La relación laboral puede quedar efectivamente regida por la propia
voluntad de las partes manifiesta en el contrato de trabajo en todas aquellas
cuestiones que se hayan contemplado expresamente siempre que su objeto
sea lícito y siempre que lo que se haya dispuesto sobre el aspecto
concreto de la relación laboral sea más favorable que lo
que esté establecido por ley, reglamento o convenio colectivo;
si lo que se ha establecido en el contrato supone, en perjuicio del trabajador,
una condición menos favorable o contraria a la establecida por
las disposiciones legales o por el convenio colectivo aplicable, primarán
en todo caso estos últimos, teniendo en cuenta que los trabajadores
no pueden renunciar validamente a los derechos reconocidos por ley o por
convenio colectivo.