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Web laboral / Preguntas más frecuentes en materia de Seguridad Social


16. ¿Cómo se calcula la pensión de viudedad?

Se calcula aplicando un porcentaje del 52% sobre la base reguladora, porcentaje que puede ser del 70% cuando la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos del beneficiario (es decir, cuando suponga al menos el 50% de sus ingresos), que además los ingresos anuales totales del pensionista no superen el mínimo establecido, que tenga cargas familiares y que los ingresos propios y los de la unidad familiar divididos por el número de miembros, no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.

En el caso de que el fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional, la base reguladora se calcula sumando los siguientes conceptos: el sueldo diario que percibiera el trabajador en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad profesional multiplicado por 365 + gratificaciones o pagas extraordinarias en importe anual (del año anterior) + beneficios o participaciones en los ingresos recibidos el año anterior + pluses o retribuciones complementarias cotizables divididas por el número de días trabajados y multiplicado por 273 o por el número de días laborales efectivos en la actividad de que se tratase si fuere menor.

Si el fallecimiento se ha debido a un accidente no laboral o a una enfermedad común, la base reguladora de la pensión de viudedad supone el resultado de dividir por 28 la suma de las bases de cotización (del fallecido) por contingencias comunes de 24 meses, a elección del beneficiario, dentro de los 7 años anteriores a la fecha en que se cause el derecho a la pensión.

En el caso de que el fallecido fuera pensionista de jubilación o de incapacidad permanente (en sus modalidades contributivas), la base reguladora será el importe de la pensión (descontándose en el caso de que se le hubiera reconocido una gran invalidez el incremento del 50% destinado a remunerar a la persona que le atendiera).

De este modo se obtiene la base reguladora anual y, para calcular la base reguladora mensual, bastará con dividir el resultado obtenido para 12.
Una vez calculada la base reguladora mensual, se aplicará sobre la misma el porcentaje del 52% o del 70% según lo dicho en el primer párrafo, de modo que se obtendrá el importe mensual de la pensión de viudedad.

En todo caso la pensión contará con los límites máximos y será actualizada anualmente con los importes que se señalen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Más información sobre la cuestión, ver prestaciones por Muerte y Supervivencia.