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más frecuentes en materia de Seguridad Social
11. ¿Qué sucede con las altas en caso de pluriempleo o de pluriactividad? |
En primer lugar hay que diferenciar claramente la situación de pluriactividad, que se produce cuando un trabajador realiza varias actividades que dan lugar a su inclusión en dos o más Regímenes de la Seguridad Social, de la situación de pluriempleo, que se produce cuando el trabajador presta sus servicios a dos o más empresas pero cuya actividad en todas ellas se integra en un sólo Régimen de la Seguridad Social. Ver Régimen general y Regímenes Especiales de la Seguridad Social.
En caso de pluriactividad, deben solicitarse tantas altas cuantas sean
los Regímenes de la Seguridad Social en que se encuentre comprendido
el trabajador.
En caso de pluriempleo, los empresarios que sepan que esta es la situación
en la que se encuentra un trabajador deben comunicarlo a la Dirección
provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el
momento de solicitar el alta del mismo, junto con una declaración
de la retribución que va a percibir aquél para que el citado
organismo pueda, de oficio, realizar las actuaciones que procedan a efectos
de cotización y de prestaciones; sin perjuicio de lo anterior,
los propios trabajadores que se encuentren en situación de pluriempleo,
están obligados a comunicar tal situación tanto a los empresarios
como a la Dirección Provincial de la Tesorería General de
la Seguridad Social.