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Web laboral / Preguntas más frecuentes en materia de Seguridad Social


15. Si no he cotizado o no suficientemente, ¿tengo derecho a alguna pensión si ya he cumplido la edad de jubilación?

El período mínimo de cotización exigido en el Régimen General de la Seguridad Social para acceder a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva es de 15 años, de los cuales 2 deben estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación. Si una persona que ha cumplido ya la edad de jubilación no cumple con este requisito de carencia, puede tener derecho a la pensión de jubilación en su modalidad no contributiva que, para el año 2023, supone un importe de 6.784,54 Euros anuales más, en su caso, 525 euros anuales como complemento si se carece de vivienda en propiedad o alquilada a pariente hasta el tercer grado.

Para ello, debe cumplir los siguientes requisitos:

- Haber cumplido la edad de jubilación.

-Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, entre los 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales 2 deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.

-Carecer de ingresos suficientes; se considera que existen rentas o ingresos suficientes cuando estos, en computo anual y teniendo en cuenta los obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar con quienes conviva, superen el importe de la pensión de jubilación en modalidad no contributiva fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (6.784,54 Euros anuales más, en su caso, 525 euros anuales como complemento si se carece de vivienda en propiedad o alquilada a pariente hasta el tercer grado).