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16. ¿Cómo se calcula la pensión de viudedad? |
Se calcula aplicando un porcentaje del 52% sobre la base reguladora,
porcentaje que puede ser del 70% cuando la pensión de viudedad
constituya la principal o única fuente de ingresos del beneficiario
(es decir, cuando suponga al menos el 50% de sus ingresos), que además
los ingresos anuales totales del pensionista no superen el mínimo
establecido, que tenga cargas familiares y que los ingresos propios y
los de la unidad familiar divididos por el número de miembros,
no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.
En el caso de que el fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo
o enfermedad profesional, la base reguladora se calcula sumando los siguientes
conceptos: el sueldo diario que percibiera el trabajador en la fecha del
accidente o de la baja por enfermedad profesional multiplicado por 365
+ gratificaciones o pagas extraordinarias en importe anual (del año
anterior) + beneficios o participaciones en los ingresos recibidos el
año anterior + pluses o retribuciones complementarias cotizables
divididas por el número de días trabajados y multiplicado
por 273 o por el número de días laborales efectivos en la
actividad de que se tratase si fuere menor.
Si el fallecimiento se ha debido a un accidente no laboral o a una enfermedad
común, la base reguladora de la pensión de viudedad supone
el resultado de dividir por 28 la suma de las bases de cotización
(del fallecido) por contingencias comunes de 24 meses, a elección
del beneficiario, dentro de los 7 años anteriores a la fecha en
que se cause el derecho a la pensión.
En el caso de que el fallecido fuera pensionista de jubilación
o de incapacidad permanente (en sus modalidades contributivas), la base
reguladora será el importe de la pensión (descontándose
en el caso de que se le hubiera reconocido una gran invalidez el incremento
del 50% destinado a remunerar a la persona que le atendiera).
De este modo se obtiene la base reguladora anual y, para calcular la base
reguladora mensual, bastará con dividir el resultado obtenido para
12.
Una vez calculada la base reguladora mensual, se aplicará sobre
la misma el porcentaje del 52% o del 70% según lo dicho en el primer
párrafo, de modo que se obtendrá el importe mensual de la
pensión de viudedad.
En todo caso la pensión contará con los límites máximos
y será actualizada anualmente con los importes que se señalen
en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Más información sobre la cuestión, ver prestaciones
por Muerte y
Supervivencia.