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Prestaciones por desempleo | ||
Duración de la prestación |
PRESTACIONES POR DESEMPLEO |
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CUANTÍA |
El importe diario es el 70% de la base reguladora calculada según las bases de contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados (exceptuando las horas extraordinarias durante los 6 primeros meses de derecho), y el 50% a partir de dicho período. |
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TOPES |
MÍNIMO |
Con hijos |
107% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte |
Sin hijos |
80% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte |
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MÁXIMO |
Sin hijos |
175% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte |
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Con 1 hijo |
200% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte |
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Con 2 hijos o más |
225% del IPREM mensual, incrementado en una sexta parte |
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RETENCIONES |
IRPF |
La retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su caso |
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SEGURIDAD SOCIAL |
El importe de la cotización a la Seguridad Social a efectuar por el trabajador. La cuota del trabajador es el resultado de aplicar el 4,7 % (tipo de cotización a cargo del trabajador) a la base de cotización del trabajador por contingencias comunes (base media de los últimos seis meses por esta contingencia) |
IPREM: Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN |
Se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior. Los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas se considerarán periodos de ocupación cotizada.
En www.sepe.es se puede acceder a un programa de autocálculo que le dará una orientación acerca de la duración y cuantía de la prestación contributiva y que solo tendrá carácter informativo.
Para determinar la duración de la prestación se aplicará la siguiente escala:
DÍAS DE COTIZACIÓN |
DÍAS DE PRESTACIÓN |
Desde 360 hasta 539 días |
120 días |
Desde 540 hasta 719 días |
180 días |
Desde 720 hasta 899 días |
240 días |
Desde 900 hasta 1.079 días |
300 días |
Desde 1.080 hasta 1.259 días |
360 días |
Desde 1.260 hasta 1.439 días |
420 días |
Desde 1.440 hasta 1.619 días |
480 días |
Desde 1.620 hasta 1.799 días |
540 días |
Desde 1.800 hasta 1.979 días |
600 días |
Desde 1.980 hasta 2.159 días |
660 días |
Desde 2.160 días |
720 días |
En caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día se considera como un día cotizado, con independencia de la jornada.