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Incapacidad temporal | ||
Maternidad | ||
Incapacidad permanente |
INCAPACIDAD TEMPORAL |
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ORIGEN DE LA INCAPACIDAD
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PERÍODO
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CUANTÍA
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Enfermedad común
o Accidente no laboral |
Desde el día 4 hasta el 20 inclusive
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60% Base Reguladora
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Del día 21 en adelante
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75% Base Reguladora
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Enfermedad profesional
o Accidente laboral |
Desde el día siguiente de la baja
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75% Base Reguladora
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MATERNIDAD |
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SITUACIÓN PROTEGIDA |
DURACIÓN |
CUANTÍA |
Maternidad, adopción y acogimiento |
16 semanas (al menos 6 semanas después del parto) |
100% Base Reguladora |
Riesgo durante el embarazo |
Desde la suspensión del contrato hasta el inicio del descanso por maternidad o reincorporación de la mujer al trabajo |
75% Base Reguladora |
Riesgo durante la lactancia natural |
Desde la suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia hasta la reincorporación de la mujer al trabajo o cumplimiento de los 9 meses del hijo |
100% Base Reguladora |
Paternidad, adopción y acogimiento |
4 semanas ininterrumpidas, ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo, en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple |
100% Base Reguladora |
INCAPACIDAD PERMANENTE |
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TIPO |
ORIGEN DE LA INCAPACIDAD |
BASE REGULADORA |
PARCIAL
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Enfermedad Común, Profesional o Accidente de Trabajo
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24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la IT de la que se deriva
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TOTAL
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Enfermedad Común
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Suma de la base Cotización de 96 meses
anteriores dividido entre 112
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Accidente no laboral
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Suma de la base Cotización de 24 meses
anteriores ininterrumpidos dividido entre 28
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Accidente de trabajo
o Enfermedad Profesional |
Salario Real, incluida antigüedad, pagas
y beneficios dividido entre 12
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ABSOLUTA
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Enfermedad Común, Profesional
o Accidente de Trabajo |
100% Base Reguladora
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GRAN INVALIDEZ
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Enfermedad Común, Profesional
o Accidente de Trabajo |
100% Base Reguladora, incrementado un 50% para remunerar a la persona que atiende al gran inválido
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