¿Cómo se hace...? / Arrendamiento de local / Venta de la finca arrendada
Para cualquier supuesto de enajenación del local arrendado, la Ley
de Arrendamiento Urbano de 1994 prevé que el adquirente se subrogue
en los derechos y obligaciones del arrendador, manteniéndose la vigencia
del contrato, lo que podrá exigirse, sin duda, siempre que el contrato
se hallase inscrito en el Registro de la Propiedad. En caso contrario no
se impondrá tal deber al adquirente de buena fe.